Articulo 32. Los terrenos cinegéticos deportivos.
1. Tendrán la condición de terrenos cinegéticos deportivos aquellas áreas del territorio en que pueda practicarse la caza de conformidad con la legislación específica que regule las prácticas deportivas
2. La federación de caza, las sociedades y las asociaciones constituidas al amparo de la legislación del deporte podrán solicitar la declaración de terreno cinegético-deportivo, para practicar en el mismo la caza con un exclusivo carácter deportivo, exento de cualquier ánimo de lucro. En ningún caso la actividad o sus resultados podrán ser objeto de venta o comercialización.
3. Los solicitantes deberán acreditar la titularidad cinegética del 75 % de los terrenos y disponer de terrenos continuos cuya superficie mínima y máxima sea de 50 y 250 hectáreas . La administración y gestión cinegética de estos terrenos se realizará directamente por la entidad titular, que informará periódicamente a la Consellería competente en la materia de caza, del calendario de pruebas, modalidades y cualesquiera otros requisitos que se determinen reglamentariamente
Articulo 40. Zonas de caza permanente
1. Son zonas de caza permanente aquellas partes integradas dentro del territorio de un tecor, que se reserven para la caza durante todo el año, con excepción de los tres meses de mayor sensibilidad para la cría de las especies silvestres, en los que el ejercicio de la caza estará prohibido. En estos espacios la caza se realizará sobre ejemplares procedentes de sueltas autorizadas.
2. Estas zonas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Deberán ubicarse en lugares en los que no se ponga en riesgo a las poblaciones de especies silvestres
b) Estarán perfectamente señalizadas y sus contornos delimitados.
c) Guardarán una distancia de 500 metros de los linderos del tecor.
Deberá incluirse en el plan de aprovechamiento cinegético
Las preguntas del millón:
Si prácticamente tienen los mismos fines, por no decir idénticos.
¿Cómo es que tienen diferente regulación?
¿Porque en los terrenos cinegéticos deportivos no son de aplicación los apartados a),b),c) y d), de las zonas de caza permanente?
O de lo contrario, se ara así para tratar de favorecer a alguien.
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